TRATADO DE PAZ CON JAPÓN: 1951

TRATADO DE PAZ CON JAPÓN: 1951 Unidad 1:Antecedentes históricos para la comprensión del orden mundial actual Contenido: Consecuencias de la Segunda Guerra Mundial Fuente: www.siglo20.org TRATADO DE PAZ Tratado de Paz con Japón. San Francisco 8 de septiembre de 1951
Considerando que las Potencias Aliadas y Japón están resueltas a que de hoy en adelante sus relaciones serán entre naciones, como iguales soberanamente, que cooperarán en una amistosa asociación para promover su común bienestar y para mantener la paz y la seguridad, y deseosas de concluir un Tratado de Paz que asegure las cuestiones aún no resueltas como resultado de la existencia de un estado de guerra entre ellas; Considerando que Japón por su parte declara su intención de solicitar ser miembro de las Naciones Unidas y actuar en todas las circunstancias conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas; esforzarse para realizar los objetivos de L Declaración Universal de los Derechos Humanos; buscar y establecer en Japón la condiciones de estabilidad y bienestar como se definen en los artículos 55 y 56 de F Carta de las Naciones Unidas y al mismo tiempo iniciada en la legislación japonés: Después de la rendición; y a desarrollar un comercio público y privado conforme las aceptadas y limpias prácticas internacionales; Considerado las Potencias Aliadas bienvenidas las intenciones de Japón di acuerdo a los anteriores parágrafos; Las Potencias Aliadas y Japón han determinado concluir el presente Tratado di Paz (...) y han acordado los siguientes puntos:
CAPITULO 1 Paz
Art. 1. a) El estado de guerra entre Japón y cada una de las Potencias Aliadas ha terminado desde el día en el que el presente Tratado entre en vigor entre Japón las Potencias Aliadas (…) b) Las Potencias Aliadas reconocen la plena soberanía del pueblo japonés sobre Japón y sus aguas territoriales.
CAPITULO II Territorio
Art. 2.
A) Japón reconoce la independencia de Corea, renuncia a todos su: derechos, títulos y reivindicaciones sobre ella (…) B) Japón renuncia a todos sus derechos, títulos y reivindicaciones sobre Formosa y las Pescadores. C) Japón renuncia a todos sus derechos títulos y reivindicaciones sobre las islas Kuriles, así como sobre la parte de Sajalín e islas adyacentes (…)
CAPITULO III Seguridad
Art. 5. (a) Japón acepta las obligaciones recogidas en el Art. 2 de la Carta de las Naciones Unidas Art. 6. (a) Todas las fuerzas de ocupación abandonarán Japón tan pronto como sea posible después de la entrada en vigor del presente Tratado, y en cualquier caso no más tarde de los noventa días después de esa fecha. Nada en estas estipulaciones, sin embargo, impedirán el estacionamiento o el mantenimiento de fuerzas armadas en el territorio japonés como consecuencia de acuerdos bilaterales o multilaterales que puedan ser hechos entre las Potencias Aliadas, de un lado, y Japón de otra.
CAPITULO IV Cláusulas políticas y económicas
Art. 12. (...) C) Con respecto a estas materias (acuerdos comercio), Japón estará obligado a conceder un tratamiento nacional a las potencias Aliadas, o un tratamiento con la cláusula de nación más favorecida, solo extensiva a las potencias aliadas que concierten acuerdos con Japón con tratamientos nacionales o tratamientos con la cláusula de nación más favorecida, con respecto a la misma materia.
CAPITULO V Reclamaciones y propiedades
Art. 14. (a) Japón reconoce que debe pagar reparaciones a las Potencias Aliadas por los daños y los sufrimientos causados durante la guerra. Por otra parte, se reconoce que los recursos de Japón no son en el presente, suficientes, si se mantiene una economía viable, para realizar una completa reparación por todos los daños y sufrimientos y al mismo tiempo hacer frente a otras obligaciones. Por consiguiente, (…) Japón iniciará negociaciones pronto con las Potencias Aliadas, cuyos territorios fueron ocupados por las fuerzas japonesas y dañados por Japón, con vistas a contribuir al coste de las reparaciones de los daños realizados en estos países (...)